|
National Node of the BCH

Laboratorios para la Detección de OVM

II Proceso de Selección de Laboratorios de Detección de OVM (2015)

TERCERA ETAPA: PROGRAMA DE ENSAYO DE APTITUD

Entre el 24 de setiembre y 5 de octubre, los laboratorios postulantes pasaron por un Ensayo Interlaboratorio organizado por el MINAM, con el fin de evaluar sus competencias para el análisis y detección de OVM que realizarán en el marco de la Ley N° 29811. Cada laboratorio recibió un total de 5 muestras ciegas de 1000 semillas de maíz (320 g aprox.), entre transgénicas y no transgénicas, para su respectivo análisis.

El Comité de Selección evaluó los resultados remitidos por cada laboratorio y lo comparó con el patrón respectivo, declarándose los siguientes resultados:

  • Instituto Nacional de Innovación Agraria. APROBADO
  • Biotecnología de Alimentos SAC. APROBADO

Laboratorios aprobados en el Programa de Ensayo de Aptitud. DESCARGAR.

SEGUNDA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA

Según lo establecido en los lineamientos, un equipo conformado por un Evaluador Líder del padrón de evaluadores y expertos técnicos del INACAL y especialistas de la Dirección General de Diversidad Biológica del MINAM y Dirección de Acreditación del INACAL, verificaron las capacidades técnicas y de infraestructura de los laboratorios aprobados en la etapa anterior.

Puntaje obtenido por los laboratorios evaluados DESCARGAR.

Los laboratorios postulantes deberán acudir a la sede de la Dirección General de Diuversidad Biológica del Ministerio del Ambiente (Calle Los Nogales n°. 236, San Isidro), el día 24 de septiembre de 2015 de 09:00 a 17:00 horas, para recoger las muestras para el Programa de Ensayo de Aptitud.

PRIMERA ETAPA: PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

Acta N° 1. Etapa de evaluación documentaria. DESCARGAR.

Lista de Laboratorios que pasan a la Verificación Técnica:

  1. Instituto Nacional de Innovación Agraria.
  2. Biotencología de Alimentos S.A.C.

Cronograma de Evaluación Técnica DESCARGAR.

Debido a problemas administrativos, el cronograma de Evaluación Técnica y del Proceso de Selección de Laboratorios para la Detección de OVM queda de la siguiente manera:

Nuevo cronograma de Evaluación Técnica DESCARGAR.

Nuevo cronograma del Segundo Proceso de Selección de Laboratorios para la Detección de OVM DESCARGAR.

CONVOCATORIA

Lima, 26 de junio.- Hoy se abre la convocatoria del Segundo Proceso de Selección y Designación de Laboratorios para la Detección de Organismos Vivos Modificados (OVM), como parte de la implementación de la Ley de Moratoria, con el fin de evaluar y analizar las muestras que deriven de las acciones de control y vigilancia en el territorio nacional, bajo procedimientos normalizados y auditables que aseguren la calidad y reproducibilidad de los resultados.

El primer proceso de selección se realizó en el año 2013, quedando autorizados dos laboratorios para la realización de estos análisis a través de la R.M. N° 83-2014-MINAM. Sin embargo, se hace necesario contar con mayores capacidades de análisis ya que son muchas las matrices y las especies sobre las cuales serán realizados.

Los lineamientos para este segundo proceso han sido coordinados con el Servicio Nacional de Acreditación (que hoy forma parte del Instituto Nacional de la Calidad – INACAL) y aprobados mediante R.M. N° 113-2015-MINAM. El proceso contará con tres fases principales: una evaluación de los expedientes de cada laboratorio (infraestructura y personal capacitado), una evaluación técnica de sus instalaciones y procedimientos y una prueba Interlaboratorio.

Los laboratorios serán evaluados de manera rigurosa, tomando como base la Norma ISO/IEC 17025. Una vez designados, los laboratorios contarán con un plazo para acreditar ante el INACAL todos sus métodos de ensayo para la detección de OVM.

BASES Y CRONOGRAMA.

Formato N°1.

Formato N°2.

Formato N°3.

Cromograma.

El MINAM designa dos laboratorios de detección de OVM

A través de la Resolución Ministerial N° 83-2014-MINAM, el Ministerio del Ambiente designa a BioLinks S.A. y Certificaciones del Perú S.A. como laboratorios autorizados para la realización de análisis de detección de Organismos Vivos Modificados, en tanto se implementen por lo menos dos (2) laboratorios acreditados en el país, de conformidad con lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 29811, Ley que establece la moratoria al ingreso y producción de Organismos Vivos Modificados al territorio nacional por un periodo de 10 años, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2012-MINAM.

Los laboratorios antes mencionados fueron seleccionados a través de un proceso que duró cerca de un año, en el cual se los evaluó rigurosamente, tanto a nivel técnico como de infraestructura y de gestión de la calidad, para asegurar la veracidad y reproducibilidad de sus resultados. Asimismo, estos laboratorios tendrán un año para acreditar sus métodos de detección de OVM ante INDECOPI de acuerdo a las normas internacionales desarrolladas para este fin.

DESCARGAR LA RM N°83-2014-MINAM.

Proceso de Selección de Laboratorios de Detección de OVM

Como parte de la implementación de la Ley que establece la Moratoria al Ingreso y Producción de Organismos Vivos Modificados (OVM) al Territorio Nacional por un periodo de 10 años, el Ministerio del Ambiente (MINAM) inicia el proceso de selección de los laboratorios de detección de OVM, que tendrán a su cargo el análisis de muestras (semillas o peces) que pudieran ser OVM, detectados preliminarmente por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) o el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) en los puntos primarios de ingreso al país, tales como los puertos y aeropuertos del país.

El proceso inicia con la convocatoria a todos los laboratorios interesados quienes deben presentar la documentación requerida en la ventanilla de Trámite Documentario del Ministerio del Ambiente, ubicada en Av. Javier Prado Oeste Nº 1440, San Isidro. De 9:00 a 16:45 horas y al correo electrónico bioseguridad@minam.gob.pe

Los laboratorios deben operar en el Perú y contar con las instalaciones, el equipamiento y el nivel técnico necesarios para realizar los análisis.

El proceso de selección para la designación de laboratorios por parte del MINAM durará alrededor de seis meses. El 2 de diciembre de 2013 será publicada la lista de laboratorios designados, luego de una minuciosa evaluación a cargo de un Equipo de Selección. Dichos laboratorios realizarán esta labor en tanto se implementen por lo menos dos laboratorios acreditados, en una segunda fase de la implementación de la normativa que estará a cargo de INDECOPI.

CRONOGRAMA GENERAL

Cronograma del Proceso de Selección

PRIMERA ETAPA: CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

Para mayor información visite este LINK.

Acta N° 1. Etapa de evaluación documentaria. DESCARGAR.

Acta N° 2. Levantameinto de consultas. DESCARGAR.

Acta N° 3. Rectificación de resultados. DESCARGAR.

Lista de Laboratorios que pasan a la Verificación Técnica:

  1. BioLinks S.A.
  2. Instituto Nacional de Innovación Agraria.
  3. Certificaciones del Perú S.A.

SEGUNDA ETAPA: VERIFICACIÓN TÉCNICA

Según lo establecido en los lineamientos, un Equipo Técnico conformado por un Evaluador Líder acreditado por INDECOPI y dos especialistas técnicos, verificarán las capacidades técnicas y de infraestructura de los laboratorios aprobados en la etapa anterior. Posteriormente, en base al informe del Equipo Técnico, el Comité de Selección realizará la Evaluación Técnica y los laboratorios que superen los 75 puntos sobre 100 pasarán a la siguiente etapa del proceso.

Cronograma de Verificaciones Técnicas. DESCARGAR.

TERCERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA

Según lo establecido en los lineamientos, el Comité de Selección procedió a revisar los informes de verificación de cada uno de los laboratorios postulantes presentados por el Equipo Técnico.

Los resultados obtenidos fueron los siguientes:

BioLinks S.A. 79 puntos.

Instituto Nacional de Innovación Agraria 62 puntos.

Certificaciones del Perú S.A. 85 puntos.

Los laboratorios que superaron el puntaje mínimo establecido en los lineamientos (75 puntos), pasaron a la siguiente etapa: Programa de Ensayo de Aptitud (Ensayo Interlaboratorio).

Los laboratorios clasificados contarás con dos meses para implementar las metodologías necesarias para la detección cualitativa de OVM en base a las Normas Técnicas Peruanas aprobadas para este fin.

Acta N° 4. Evaluación Técnica. DESCARGAR.

CUARTA ETAPA: PROGRAMA DE ENSAYO DE APTITUD

Durante el mes de noviembre, los laboratorios postulantes pasaron por un Ensayo Interlaboratorio organizado por el MINAM, con el fin de evaluar sus competencias para el análisis y detección de OVM que realizarán en el marco de la Ley N° 29811. Cada laboratorio recibió un total de 8 muestras ciegas de 1 Kg de maíz, entre transgénicas y no transgénicas, para su respectivo análisis.

El Comité de Selección evaluó los resultados remitidos por cada laboratorio y lo comparó con el patrón respectivo, declarándose los siguientes resultados:

BioLinks S.A. APROBADO.

Certificaciones del Perú S.A. APROBADO.

Acta N° 5. Programa de Ensayo de Aptitud. DESCARGAR.

Invitación a participar del Proceso de Selección y Designación de Laboratorios de Detección de OVM

Señores representantes de los Laboratorios y Centros de Investigación del Perú

Presente.-

Es grato para nosotros hacerles la más cordial invitación a participar en el Proceso de Selección y Designación de Laboratorios para la Detección de Organismos Vivos Modificados en el territorio nacional.

A través del D.S. N° 008-2012-MINAM se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29811 que establece la Moratoria al Ingreso y Producción de OVM al Territorio Nacional por un período de 10 años. El artículo 6° de la referida Ley designa al Ministerio del Ambiente (MINAM) como la Autoridad Nacional Competente con la función de proponer y aprobar las medidas necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.

El artículo 20° del Reglamento establece que la infraestructura necesaria para la vigilancia y control de OVM en el territorio nacional comprende a los laboratorios debidamente implementados con equipos y procedimientos de bioseguridad acreditados. También se considera a los laboratorios o centros de investigación que cuenten con mecanismos de contención y que desarrollen trabajos de investigación o regulación con OVM.

Adicionalmente, la Disposición Complementaria Transitoria Única del mencionado Reglamento establece que en tanto se implementen por lo menos dos (2) laboratorios acreditados en el país, la Autoridad Nacional Competente, en coordinación con el Servicio Nacional de Acreditación del INDECOPI (INDECOPI-SNA), designará los laboratorios autorizados para la realización de los análisis de la muestra y contramuestra de la mercancía sujeta a evaluación, de acuerdo a la normativa vigente y según los lineamientos que para ese fin apruebe el MINAM.

Dentro de este contexto, el MINAM en coordinación con INDECOPI-SNA han establecido los lineamientos para el proceso de selección y designación de los laboratorios de detección de OVM, los cuales han sido aprobados a través de la Resolución Ministerial adjunta a este documento.

Los laboratorios que tengan interés en participar de este proceso deberán cumplir con los criterios establecidos los lineamientos que como anexo forman parte de la Resolución Ministerial N° 150-2013-MINAM; para lo cual deberán remitir la documentación solicitada a mesa de partes del Ministerio del Ambiente y al correo electrónico bioseguridad@minam.gob.pe, de acuerdo al cronograma que será publicado en los próximos días.

Esperando contar con su participación, hago propicia la ocasión para expresarle mi especial consideración y deferente estima.

Atentamente.

Ministerio del Ambiente.

DESCARGAR BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN