Proyecto: Implementación del Marco Nacional de Bioseguridad - IMNB-Perú
El Ministerio del Ambiente (MINAM) es el ente rector del Sector Ambiente en el Perú y la autoridad competente para formular la Política Nacional del Ambiente, aplicable a los tres ámbitos de gobierno, conforme a lo dispuesto en el D.L. N°1013 del 14 de mayo del 2008, que aprueba la Ley de creación, organización y funciones de este organismo.
El Perú suscribió el “Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica”, aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa N°28170 del 13 de febrero del 2004.
Entre las funciones del MINAM en materia de bioseguridad está ser el Punto Focal Nacional del Protocolo de Cartagena, así como Punto Focal Nacional del Centro de Intercambio de Información en Seguridad de la Biotecnología.
Entre los Años 2003 y 2005, se desarrolló el proyecto CONAM/UNEP-GEF (GFL-2328-2716-4577) para la elaboración del Marco Estructural Nacional de Bioseguridad del Perú. Siguiendo con esta iniciativa, en el año 2009, a través del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP), se concreta el financiamiento para el desarrollo del Documento de Proyecto “Implementación del Marco Nacional de Bioseguridad”, el mismo que fue aprobado en el año 2010, por parte del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (siglas en Ingles GEF).
El proyecto tiene como finalidad llenar los vacíos legales existentes para la aplicación del marco regulatorio nacional, en beneficio de conservación de la diversidad biológica del país.
El objetivo general del proyecto, desarrollado en el ámbito del Programa de Bioseguridad del GEF, es fortalecer el marco nacional de bioseguridad en el Perú e implementarlo de manera funcional y transparente para la aplicación exitosa del Protocolo de Cartagena en el país.
El proyecto contribuirá a la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica en el Perú, al contarse con un sistema administrativo completamente funcional que responda, en el plazo indicado por ley, a las solicitudes que se presenten para la realización de actividades con Organismos Vivos Modificados (OVM). Tiene una duración planificada de no más de 4 años y cuenta con recursos frescos del GEF y una contrapartida nacional en especies, ambas calculadas en dólares americanos.
Coordinador: Dr. Juan Chávez Cossío
Asistente Técnico: André Rosado Huaynasi